LexTotal

Legislación › Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el canon eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha.

Artículo 10. Autoliquidación.

Artículo 10. Autoliquidación.

Los sujetos pasivos realizarán la autoliquidación del canon, por lo que determinarán la deuda tributaria correspondiente e ingresarán su importe en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de devengo, mediante los modelos normalizados que se aprueben.

← Artículo 9 Índice Artículo 11 →