Legislación › Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias», a excepción de la Disposición adicional sexta y la Disposición transitoria sexta, que lo harán a los veinte días.


