Legislación › Ley 4/2011, de 29 de marzo, de aprobación de las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de la Montaña Cantábrica Central en Castilla y León.
Artículo 99. Gestión de las actuaciones de las Administraciones Públicas (P).
Artículo 99. Gestión de las actuaciones de las Administraciones Públicas (P).
1. Todas las administraciones cooperarán en la gestión eficiente de las políticas sectoriales para garantizar un horizonte de ordenación sostenible. Corresponde a las Diputaciones Provinciales la coordinación de todos los intereses locales y la asistencia a los municipios.
2. El valor del patrimonio natural y cultural de este territorio repercute de forma directa en todas las actuaciones públicas. Con el fin de garantizar no solo su protección, sino también, y de forma clara, el desarrollo de actuaciones de dinamización social y económica, este valor patrimonial debe interpretarse como un estímulo a las inversiones orientadas a la mejora real de la calidad de vida de los ciudadanos de cada municipio y a la trascendencia de los valores del territorio.
3. La participación de las empresas y la colaboración directa de los municipios en el desarrollo de actuaciones de dinamización territorial debe ser una alternativa viable para la mejora social y económica del ámbito.


