Legislación › Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
Artículo 70. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.
Artículo 70. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.
1. En virtud de la letra b) del apartado 1 del artículo 68 del Reglamento (CE) n.º 73/2009, del Consejo, de 19 de enero, se concederá una ayuda específica a los titulares de explotaciones de ovino que se agrupen entre sí en entidades asociativas con el fin de que a través del fomento de la mejora de su competitividad o de la ordenación de la oferta o del incremento del valor de su producción, pueda garantizarse su permanencia en la actividad.
2. La dotación presupuestaria para esta ayuda específica es de 28.200.000 euros en el año 2012 y de 26.500.000 euros en el año 2013.
Se modifica el apartado 2 por el art. único.9 del Real Decreto 2/2013, de 23 de enero. BOE-A-2013-354.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-354 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 2012 | Texto original | Leer |


