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Legislación › Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

Artículo 70. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.

Artículo 70. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.

1. En virtud de la letra b) del apartado 1 del artículo 68 del Reglamento (CE) n.º 73/2009, del Consejo, de 19 de enero, se concederá una ayuda específica a los titulares de explotaciones de ovino que se agrupen entre sí en entidades asociativas con el fin de que a través del fomento de la mejora de su competitividad o de la ordenación de la oferta o del incremento del valor de su producción, pueda garantizarse su permanencia en la actividad.

2. La dotación presupuestaria para esta ayuda específica es de 28.200.000 euros en el año 2012 y de 26.500.000 euros en el año 2013.

Se modifica el apartado 2 por el art. único.9 del Real Decreto 2/2013, de 23 de enero. BOE-A-2013-354.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-354 Leer Qué cambió
25 de enero de 2012 Texto original Leer

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