Legislación › Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears.
CAPÍTULO IV
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de julio de 2012 y la del 1 de agosto de 2017.
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CAPÍTULO IV
Bajas de los establecimientos de alojamiento turístico y de las viviendas objeto de comercialización turística
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de agosto de 2017 En vigor | BOE-A-2017-10539 | Leer | Qué cambió |
| 22 de julio de 2012 | Texto original | Leer |


