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Legislación › Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears.

Disposición adicional vigésimo tercera. Definición del concepto “imposibilitado”.

Disposición adicional vigésimo tercera. Definición del concepto “imposibilitado”.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria única.k) de la Ley 4/2026, de 11 de junio. BOE-A-2026-15579

Se añade por el art. 2.40 de la Ley 3/2022, de 15 de junio. BOE-A-2022-13846

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15579 Leer Qué cambió
18 de junio de 2022 BOE-A-2022-13846 Leer

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