LexTotal

Legislación › Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales.

Artículo 10. Jornada.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 5 de mayo de 2016. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (73 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 10. Jornada.
1. La jornada, en cómputo anual, del personal al servicio de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que percibe sus retribuciones conforme al Real Decreto-ley 3/1987, de 11 de septiembre, sobre retribuciones del personal estatutario del Insalud, queda fijada de la siguiente forma:
a) Turno diurno: 1.519 horas.
b) Turno nocturno: 1.450 horas.
c) Turno rotatorio: 1.491 horas.
2. La jornada en turno rotatorio que se establece en 1.491 horas anuales resulta de la ponderación de considerar la realización de 42 noches al año. La jornada anual de cada profesional que realice este turno se determinará en función del número de noches efectivamente trabajadas durante el año, de acuerdo con la ponderación que se establezca por resolución de la Gerencia del Sescam.
3. El personal estatutario con nombramiento para la cobertura de la atención continuada en atención primaria realizará una jornada anual ordinaria de 1.500 horas de trabajo efectivo.
4. Los profesionales sanitarios de emergencias de la unidad móvil de emergencias y del centro coordinador, realizarán una jornada anual efectiva de 1.488 horas distribuidas en módulos de 12 horas.
5. El personal destinado en los servicios de urgencia de atención primaria (SUAP) realizará una jornada anual ordinaria de 1.488 horas de trabajo efectivo.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este artículo, en la redacción dada por el art. 1.2 de la Ley 7/2015, de 2 de diciembre, desde el 21 de abril de 2016 para las partes del proceso y desde el 5 de mayo de 2016 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2016 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 2165/2016 BOE-A-2016-4312

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de diciembre de 2018 En vigor BOE-A-2019-1696 Leer Qué cambió
31 de octubre de 2016 BOE-A-2016-10022 Leer Qué cambió
5 de mayo de 2016 BOE-A-2016-4312 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-6721 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2012 Texto original Leer

← Artículo 9 Índice Artículo 11 →