Legislación › Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales.
Disposición adicional sexta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 5 de mayo de 2016.
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Disposición adicional sexta.
La jornada general de trabajo del personal de las entidades del sector público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a que se refieren los apartados c), d), e), f), g) y h) de la disposición adicional cuarta de esta ley será la establecida en el artículo 1.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este disposición, en la redacción dada por el art. 1.3 de la Ley 7/2015, de 2 de diciembre, desde el 21 de abril de 2016 para las partes del proceso y desde el 5 de mayo de 2016 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2016 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 2165/2016 BOE-A-2016-4312, y posteriormente se declara inconstitucional y nula por Sentencia del TC 158/2016, de 22 de septiembre BOE-A-2016-10022
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de mayo de 2016 En vigor | BOE-A-2016-6725 | Leer | Qué cambió |
| 5 de mayo de 2016 | BOE-A-2016-4312 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-6721 | Leer |
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