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Legislación › Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 2. Identificación.

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Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2000 horas.
Familia Profesional: Marítimo Pesquera.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.
El título de Técnico se corresponde con un nivel 4A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10684 Leer Qué cambió
16 de agosto de 2012 Texto original Leer

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