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Legislación › Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia.

Artículo 54. Estructura organizativa.

Artículo 54. Estructura organizativa.

1. A los efectos de garantizar un eficaz funcionamiento interno democrático, el Consejo Asesor y Consultivo de Juventud de Galicia se organizará de la siguiente forma:

a) Órganos unipersonales:

1.º) La presidencia.

2.º) La vicepresidencia.

b) Órganos colegiados:

1.º) La asamblea general.

2.º) El Observatorio Gallego de la Juventud, que actuará como comisión permanente.

2. El decreto mencionado en el apartado 3 del artículo 53 de la presente ley desarrollará también la organización y el funcionamiento del Consejo.

3. En ningún caso la asistencia a las reuniones de la asamblea general y del observatorio, o, en su caso, de los grupos de trabajo, dará derecho a percepción económica alguna, sin perjuicio de las indemnizaciones por razones de servicio que pudieran percibirse según la normativa autonómica vigente.

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