Legislación › Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.
Artículo 111. Competencias.
Artículo 111. Competencias.
Los órganos competentes para la imposición de sanciones serán las personas que ejerzan las jefaturas territoriales o el órgano equivalente en sus funciones de la consejería competente en materia de vivienda.


