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Legislación › Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.

Artículo 111. Competencias.

Artículo 111. Competencias.

Los órganos competentes para la imposición de sanciones serán las personas que ejerzan las jefaturas territoriales o el órgano equivalente en sus funciones de la consejería competente en materia de vivienda.

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