Legislación › Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.
Artículo 68. Cláusulas obligatorias y visado de contratos.
Artículo 68. Cláusulas obligatorias y visado de contratos.
Los contratos de arrendamiento y de transmisión de las viviendas protegidas deberán contener las cláusulas que se determinen reglamentariamente y presentarse para su visado ante el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo mientras dure su régimen legal de protección.


