LexTotal

Legislación › Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.

Disposición adicional decimonovena. Plazos para dictar y notificar las resoluciones de diversos procedimientos en materia de vivienda.

Disposición adicional decimonovena. Plazos para dictar y notificar las resoluciones de diversos procedimientos en materia de vivienda.

Las resoluciones de los procedimientos de desahucio administrativo y de adjudicación de viviendas protegidas de promoción pública deberán dictarse y notificarse en el plazo máximo de un año.

Se añade por el art. 36 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero. BOE-A-2017-3823

← Disposición adicional decimoctava Índice Disposición adicional vigésima →