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Legislación › Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.

Artículo 16. Garantía de una retribución mínima.

Artículo 16. Garantía de una retribución mínima.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única.e) de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre. BOE-A-2025-413

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-413 Leer Qué cambió
2 de octubre de 2012 Texto original Leer

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