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Ley 7/2012, de 4 de octubre, de medidas extraordinarias en el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón para garantizar la estabilidad presupuestaria.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 26 de octubre de 2012 · Último cambio el 18 de enero de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de esta Ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Normas generales. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.
- Artículo 4. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal funcionario y estatutario.
- Artículo 5. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal laboral.
- Artículo 6. Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 de los miembros del Gobierno de Aragón y sus altos cargos.
- Artículo 7. Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 del personal eventual.
- Artículo 8. Paga extraordinaria del mes de diciembre o equivalente de 2012 del personal directivo.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Medidas en materia de complementos de incapacidad temporal. 3 redacciones · cambió el 18/01/2019
- Disposición adicional primera. Suspensión de pactos, acuerdos y convenios.
- Disposición adicional segunda. Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia.
- Disposición adicional tercera. Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona.
- Disposición adicional cuarta. Registro de Órganos de Representación del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de sus Organismos Públicos y entidades integrantes del sector público autonómico.
- Disposición adicional quinta. Efectos de la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 en los costes de personal de la Universidad de Zaragoza y los entes dependientes de la misma.
- Disposición transitoria primera. Solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición transitoria segunda. Efectos en las situaciones de incapacidad temporal a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.
- Disposición transitoria tercera. Suspensión de la contratación de personal laboral fijo en situación de incapacidad permanente total por aplicación del procedimiento de cambio de categoría profesional por motivo de salud.
- Disposición transitoria cuarta. Subvenciones sindicales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón.
- Disposición transitoria segunda. Modificación de la Ley 1/2012, de 20 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2012.
- Disposición transitoria tercera. Retenciones de no disponibilidad.
- Disposición transitoria cuarta. Desarrollo de la Ley.
- Disposición transitoria quinta. Entrada en vigor.
- [firma]


