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Legislación › Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos.

Artículo 25. Funciones de la Junta General territorial.

Artículo 25. Funciones de la Junta General territorial.

Corresponde a la Junta General territorial:

a) Aprobar los Estatutos y reglamentos de régimen interior de la Delegación territorial correspondiente y sus modificaciones.

b) Examinar y aprobar, si procede, el informe de gestión, balance y cuentas del ejercicio económico del año anterior y los presupuestos del año corriente.

c) Conocer la gestión de la Junta de Gobierno territorial, sus proyectos de actuación y la situación patrimonial de la Delegación territorial, así como cualquier asunto que pueda afectar a la buena marcha de la misma.

d) Renovar los cargos de la Junta de Gobierno territorial que correspondan.

e) Deliberar y adoptar acuerdos sobre las propuestas que se hayan recibido de los colegiados de la Delegación territorial y estén reseñadas en el orden del día de acuerdo con los reglamentos de régimen interior.

f) Tratar cuantos otros asuntos les sean encomendados por los órganos de gobierno generales o que les atribuyan los presentes estatutos o los estatutos territoriales y los reglamentos de régimen interior.

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