Legislación › Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
Artículo 26. Alcance de la protección social.
Artículo 26. Alcance de la protección social.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.2.h) del Estatuto de los Trabajadores, la acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo.
2. Asimismo, se tendrá derecho a la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.


