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Legislación › Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos.

Artículo 8. Criterios de valoración de activos que coticen en un mercado activo.

Artículo 8. Criterios de valoración de activos que coticen en un mercado activo.

El valor de un activo negociado en un mercado activo será su valor de mercado en la fecha de valoración.

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