Legislación › Ley 8/2012, de 23 de noviembre, por la que se regulan los organismos de certificación administrativa.
Artículo 13. Contenido mínimo del documento resumen emitido por el OCA.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2022 y la del 11 de julio de 2024.
Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (17 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 13. Contenido mínimo del documento resumen emitido por el OCA.
El contenido mínimo del documento resumen previsto en el artículo 9.2.b de esta ley es el siguiente:
1. Nombre, razón social y domicilio de los las personas titulares o prestamistas. promotoras.
2. Emplazamiento del establecimiento. establecimiento, industria o instalación.
3. Actividad cualificada, espectáculo público, Objeto, actividad recreativa o espectáculo que se preste.
4. Aforo En su caso, aforo máximo del establecimiento.
5. El resto de los requisitos y condiciones consideradas esenciales según la tipología del establecimiento, de acuerdo con lo indicado en la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, y de actividades conforme a lo indicado en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana. industria o instalación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-1 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2024 | BOE-A-2024-90142 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-1018 | Leer | Qué cambió |
| 29 de noviembre de 2012 | Texto original | Leer |


