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Legislación › Ley 8/2012, de 23 de noviembre, por la que se regulan los organismos de certificación administrativa.

Artículo 15. Confidencialidad en el ejercicio de las funciones.

Artículo 15. Confidencialidad en el ejercicio de las funciones.

Los OCA deberán garantizar la confidencialidad respecto de la información que obtengan en el desarrollo y ejecución de sus funciones. El incumplimiento de esta obligación será considerada como causa de revocación de la inscripción en el Registro previsto en esta norma.

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