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Legislación › Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Disposición adicional octogésima octava. Obras de interés general.

Disposición adicional octogésima octava. Obras de interés general.

1. Se declaran de interés general las siguientes obras:

Obras de mejora de infraestructuras rurales en:

Aragón:

– Forniche Bajo (Teruel).

– Berge (Teruel).

– Lidón a Visiedo (Teruel).

– Loscos-Santa Cruz Nogueras (Teruel).

– Guadalaviar (Teruel).

– Puente Valacloche-Cascante (Teruel).

Ampliación del Canal de Navarra, 1.ª fase

Se aprueban y declaran de interés general las obras hidráulicas correspondientes a la ampliación de la 1.ª fase del Canal de Navarra mediante la incorporación de 15.275 Ha. en los interfluvios de los ríos Ega y Arga, que se incorporarán al conjunto de obras hidráulicas declaradas de interés general del embalse de Itoiz y el Canal de Navarra.

Obras de mejora de calidad de las aguas superficiales en la cuenca del Duero:

– Emisario de Fuentespina a la EDAR de Aranda de Duero y medidas correctoras del vertido de Villalba de Duero.

– Ampliación, mejora y adecuación de la EDAR de Guijuelo y emisario.

– Nueva EDAR y emisario de La Bañeza

– Nueva EDAR y emisario de Canicosa de la Sierra

– Nueva EDAR y emisario de Palacios de la Sierra-Castrovido-Hacinas y Castrillo de la Reina

– Remodelación EDAR y emisario de Quintanar de la Sierra

– Nuevo EDAR y emisario de Vilvestre del Pinar

– Emisario de Pelabravo-Azud de Villagonzalo

– Emisario de Arapiles-Las Torres-Carbajosa

– Nueva EDAR de El Payo

– Nueva EDAR de El Sahugo

– Colector de El Bodón

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR de Zamora y emisarios del alfoz (Morales del Vino, Monfarracinos, Villaralbo y otros)

– Eliminación de nutrientes y ampliación de EDAR de Venta de Baños y emisario

– Mejora EDAR y emisario de Cuellar

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Medina del Campo

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Iscar

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Tordesillas

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Tudela de Duero

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Cantalejo

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Benavente

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Toro

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Arévalo

– Eliminación de nutrientes y mejora de EDAR y emisarios de Peñaranda de Bracamonte

– Nueva EDAR y emisarios de El Barco de Ávila

– Mejora y remodelación EDAR, terciario y emisario de La Granja de San Ildefonso

2. Las obras incluidas en esta disposición adicional llevarán implícitas las declaraciones siguientes:

a) La de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

b) La de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

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