LexTotal

Legislación › Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Disposición adicional trigésima sexta. Pensiones de orfandad de Clases Pasivas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 21 de octubre de 2022. Tachado: lo que se quitó (141 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional trigésima sexta. Pensiones de orfandad de Clases Pasivas.
Uno. A partir de 1 de enero de 2013 y con vigencia indefinida, no se efectuarán nuevos reconocimientos de pensiones en favor de huérfanos mayores de veintiún años no incapacitados al amparo de la legislación vigente a 31 de diciembre de 1984, ni de la legislación especial de guerra.
Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el párrafo anterior las pensiones extraordinarias de orfandad causadas por actos de terrorismo; así como las pensiones ya reconocidas que, por cualquier causa, no se percibieran a 31 de diciembre de 2012, las cuales podrán incluirse en nómina después de dicha fecha.
Dos. Los procedimientos iniciados y no resueltos en la fecha de entrada en vigor de esta Ley y las solicitudes de coparticipación o acumulación que se formulen con posterioridad a la misma, se regirán por la legislación vigente a 31 de diciembre de 2012.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-17099 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 Texto original Leer

← Disposición adicional trigésima quinta Índice Disposición adicional trigésima séptima →