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Legislación › Real Decreto 1676/2012, de 14 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad para el café.

Disposición adicional única. Cláusula de reconocimiento mutuo.

Disposición adicional única. Cláusula de reconocimiento mutuo.

Los requisitos de la norma de calidad que se aprueba no se aplicarán a los productos legalmente fabricados o comercializados en otros Estados miembros de la Unión Europea, ni a los productos originarios de los países de la Asociación Europea de libre Comercio (AELC), partes contratantes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE), ni a los Estados que tengan un acuerdo de asociación aduanera con la Unión Europea.

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