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Legislación › Orden AAA/2808/2012, de 21 de diciembre, por la que se establece un Plan de Gestión Integral para la conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo afectados por las pesquerías realizadas con redes de cerco, redes de arrastre y artes fijos y menores, para el período 2013-2017.

Artículo 3. Objetivos del Plan: Puntos de referencia de conservación.

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Artículo 3. Objetivos del Plan: Puntos de referencia de conservación.
1. El Plan plurianual garantizará que los puntos de referencia de las poblaciones de especies pelágicas y demersales, pelágicas, mencionadas en el artículo 2, regresen a unos límites biológicos seguros y se exploten de manera sostenible.
2. Los objetivos citados en el párrafo anterior, apartado 1 se alcanzarán reduciendo el patrón de la tasa de explotación para las especies pelágicas y la mortalidad por pesca, para las demersales, hasta llegar a los límites biológicos sostenibles establecidos en el artículo 2, mediante la continuidad y progresión en la limitación del esfuerzo pesquero y en la aplicación de las medidas de gestión y normas de explotación que contiene el articulado del propio Plan.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5163 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 Texto original Leer

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