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Legislación › Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco.

Artículo 3.

Artículo 3.

Los Cuerpos de Policía del País Vasco tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, a cuyo efecto deben velar por pacífica convivencia y proteger las personas y sus bienes de acuerdo con la ley.

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