Legislación › Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco.
Artículo 3.
Artículo 3.
Los Cuerpos de Policía del País Vasco tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, a cuyo efecto deben velar por pacífica convivencia y proteger las personas y sus bienes de acuerdo con la ley.


