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Legislación › Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia.

Disposición transitoria primera. Plazo para la primera prueba evaluadora.

Disposición transitoria primera. Plazo para la primera prueba evaluadora.

La primera prueba de aptitud a que se refiere el artículo 14.h) de la ley se efectuará en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.

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