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Legislación › Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 14. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

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Artículo 14. Inspección Dirección General de Fomento. del Instituto Geográfico Nacional.
1. La Inspección Dirección General de Fomento, con rango de dirección general, del Instituto Geográfico Nacional ejerce las siguientes funciones:
a) La planificación y gestión del régimen interior de la instrumentación e infraestructuras astronómicas y la realización de los servicios generales trabajos y de los órganos centrales estudios de investigación orientada en radioastronomía, especialmente para el desarrollo de aplicaciones útiles en geodesia y periféricos del Departamento. geofísica.
b) Los servicios de documentación y archivo, el registro general La planificación y la gestión de la biblioteca general del Ministerio. instrumentación e infraestructuras de geodesia espacial, así como la realización de trabajos y estudios geodinámicos.
c) La programación planificación y gestión de la política sistemas de adquisiciones detección y comunicación de los recursos materiales del Departamento.
d) La programación
movimientos sísmicos ocurridos en territorio nacional y gestión sus posibles efectos sobre las costas, así como la realización de trabajos y estudios sobre sismicidad y la política patrimonial del Departamento. coordinación de la normativa sismorresistente.
e) d) La planificación y gestión de los sistemas de vigilancia y administración comunicación de la política actividad volcánica en el territorio nacional y determinación de recursos humanos del Departamento, los riesgos asociados, así como la elaboración de las relaciones gestión de puestos sistemas de trabajo, la preparación observación geofísica y tramitación de la oferta realización de empleo público trabajos y estudios en materia de los procesos selectivos gravimetría, volcanología y geomagnetismo.
e) El desarrollo tecnológico y operativo de la instrumentación e infraestructuras propias
para la cobertura prestación de servicios públicos y la realización de trabajos y estudios en los puestos campos de trabajo, la formación del personal, así como astronomía, la tramitación de las reclamaciones previas al ejercicio de acciones laborales. geodesia y la geofísica.
f) La acción social, planificación y gestión de las relaciones sindicales, redes geodésicas terrestres de ámbito nacional, de la prevención red de riesgos laborales nivelación de alta precisión y de la representación del Departamento ante red de mareógrafos, así como el Ministerio desarrollo de Empleo y Seguridad Social en los supuestos aplicaciones sobre sistemas de conflicto colectivo. navegación y posicionamiento.
g) La gestión financiera dirección y el desarrollo de tesorería planes nacionales de observación del Departamento; la elaboración, tramitación territorio con aplicación geográfica y abono cartográfica, así como el aprovechamiento de las nóminas sistemas de personal; la contratación correspondiente a los servicios comunes fotogrametría y cualquier otra no atribuida a otros órganos del Ministerio teledetección, y la gestión producción, actualización y explotación de modelos digitales del Portal terreno a partir de Contratación. imágenes aeroespaciales.
h) La gestión del otorgamiento de ayudas en el ámbito de competencias programación del Ministerio Plan Cartográfico Nacional y la producción, actualización y explotación de Fomento no atribuidas a otros órganos del Departamento.
i) La inspección
Bases Topográficas y supervisión Cartográficas de los servicios ámbito nacional para garantizar el cumplimiento su integración en sistemas de la normativa, mediante el análisis, evaluación información geográfica, y revisión de para la organización, su actuación formación del Mapa Topográfico Nacional y su funcionamiento; la racionalización demás cartografía básica y simplificación derivada. Asimismo, la gestión de los procedimientos laboratorios y métodos talleres cartográficos.
i) La realización y actualización del Atlas Nacional
de trabajo España y la propuesta e impulso de medidas para la reducción cartografía temática de las cargas administrativas; la evaluación apoyo a los programas de la eficacia, eficiencia y calidad actuación específica de los servicios, la Administración General del Estado, así como la coordinación, impulso y evaluación del cumplimiento prestación de las cartas asistencia técnica en materia de servicios. Estas funciones se ejercerán sobre todos los servicios centrales y periféricos, cartografía a organismos autónomos, entes públicos.
j) El soporte técnico
y organismos públicos, adscritos, vinculados o dependientes operativo del Ministerio, sin perjuicio de las funciones inspectoras atribuidas al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas respecto a los servicios integrados Sistema Cartográfico Nacional, en las Delegaciones y Subdelegaciones especial del Gobierno.
j) La inspección y recepción
Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional mediante la obra pública de competencia gestión del Ministerio y Registro Central de los organismos autónomos, entes, organismos públicos Cartografía, la formación y sociedades estatales adscritos, vinculados o dependientes conservación del Ministerio, mediante el análisis y control en todas sus fases de los aspectos legales, técnicos, funcionales Nomenclátor Geográfico Nacional y administrativos, sin perjuicio de las competencias de los órganos sectoriales en la materia. toponimia oficial, y el informe pericial sobre líneas límite jurisdiccionales.
k) El análisis, diseño, desarrollo, implantación La planificación y mantenimiento de los sistemas de información no sectoriales desarrollados por el Departamento; la planificación, gestión y propuesta de contratación la Infraestructura de redes y servicios Información Geográfica de comunicaciones, España, así como la coordinación de la política informática armonización y normalización, en el marco del Ministerio, asegurando su compatibilidad con la infraestructura corporativa de tecnologías Sistema Cartográfico Nacional, de la información; información geográfica oficial. Igualmente, la programación, coordinación planificación y ejecución de las funciones desarrollo de mantenimiento, conservación o reparación servicios de equipos informáticos valor añadido y de los servicios del Departamento, así como la coordinación nuevos sistemas y aplicaciones en materia de adquisición información geográfica, especialmente para el aprovechamiento en el ámbito de tales equipos. las Administraciones Públicas.
l) El establecimiento de la infraestructura corporativa y la coordinación La conservación y el impulso de la implantación actualización de la Administración electrónica, en los términos fondos bibliográficos, de la Ley 11/2007, de 22 cartografía histórica, de junio, la documentación técnica, y del archivo de información jurídica georreferenciada, facilitando su acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, incluyendo la Secretaría al público.
m) La elaboración
de la Comisión Ministerial propuesta de Administración Electrónica del Ministerio anteproyecto de Fomento, así como presupuestos y la coordinación, gestión y explotación tramitación de los servicios del Departamento en internet, el portal web créditos y la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
m) El desarrollo
gastos asignados al órgano directivo, sin perjuicio de las funciones relacionadas con el principio competencias de igualdad efectiva entre mujeres otros órganos superiores o directivos del Departamento y hombres en el coordinación con ellos. Igualmente, y tanto para su propio ámbito de las competencias como para el relativo a su organismo autónomo, la definición del Ministerio marco estratégico conjunto y la coordinación funcional de Fomento, los servicios centrales y periféricos y de los proyectos nacionales e internacionales; y, de acuerdo con lo dispuesto las directrices de la Subsecretaría, la colaboración en la Ley Orgánica 3/2007, inspección operativa, en el desarrollo de 22 las políticas de marzo, para recursos humanos, en la igualdad efectiva de mujeres gestión del régimen interior y hombres.
n) La coordinación
de las unidades los sistemas informáticos comunes y servicios periféricos del Departamento, sin perjuicio de su dependencia funcional en el soporte jurídico necesario para el ejercicio de los órganos directivos correspondientes. las funciones recogidas en el presente artículo.
2. La Inspección Dirección General de Fomento se estructura en del Instituto Geográfico Nacional está integrada por los siguientes órganos con nivel orgánico rango de Subdirección General: subdirección general:
a) La Oficialía Mayor, Secretaría General, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.a), b), c) 1.l) y d).
b) La Subdirección General de Recursos Humanos,
m). Asimismo, ejercerá a la que corresponde el ejercicio través de la Secretaría Técnica del Consejo Superior Geográfico las funciones descritas en el apartado 1.e), f) 1.j) y m). las atribuidas en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
c) b) La Subdirección General de Administración Astronomía, Geofísica y Gestión Financiera, Aplicaciones Espaciales, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.g) 1.a) a través del Observatorio Astronómico Nacional; 1.c) a través de la Red Sísmica Nacional; 1.d) a través del Observatorio Geofísico Central; y h). 1.b) y e) a través del Centro de Desarrollos Tecnológicos.
d) c) La Subdirección General de Inspección de Servicios Geodesia y Obras, Cartografía, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.i) y j). 1.f), g), h) e i).
e) La Subdirección General de Tecnologías 3. El Centro Nacional de la Información y Administración Electrónica, Geográfica, conforme a la que corresponde el ejercicio lo establecido en su Estatuto, aprobado mediante Real Decreto 663/2007, de 25 de mayo, ejercerá las funciones que el mismo establece, así como las descritas en el apartado 1.k) 1.k), en el marco estratégico definido por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
4. Corresponde al Director General del Instituto Geográfico Nacional:
a) La presidencia del organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG).
b) La vicepresidencia del Consejo Superior Geográfico
y l). la vicepresidencia de la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.
c) La presidencia de la Comisión Nacional de Astronomía y de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes, en los términos establecidos en sus respectivas normas reguladoras.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de abril de 2015 En vigor BOE-A-2014-13360 Leer Qué cambió
6 de marzo de 2012 Texto original Leer

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