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Legislación › Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

Artículo 21. Medios económicos.

Artículo 21. Medios económicos.

1. Las Administraciones implicadas, con cargo a sus presupuestos, atenderán a los gastos necesarios para la correcta gestión de esta Reserva.

2. Constituirán ingresos del Patronato los provenientes de:

a) Aquellas partidas que con tales fines se incluyan en los Presupuestos Generales de las Administraciones de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Toda clase de aportaciones y subvenciones de entidades públicas y privadas, así como de los particulares.

c) Todos aquellos que puedan obtenerse como consecuencia de concesiones y autorizaciones por utilización de servicios de la Reserva en la forma que se determine en el Plan rector de Uso y Gestión o en los planes sectoriales.

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