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Legislación › Ley 5/1989, de 6 de julio, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

Artículo 20. Director-Conservador.

Artículo 20. Director-Conservador.

1. La responsabilidad de la administración de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, corresponderá a un Director-Conservador designado por el Patronato.

2. El Patronato fijará el régimen de dedicación e incompatibilidades del Director-Conservador de la Reserva, así como las funciones a desarrollar.

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