Legislación › Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.
Artículo 24.
Artículo 24.
Las ofertas de empleo público se publicarán en el ‟Boletín Oficial del País Vasco”, o en el del Territorio Histórico respectivo si se refirieran a las Diputaciones Forales o a las Corporaciones Locales. En este último caso se publicará también un extracto de las ofertas en el ‟Boletín Oficial del País Vasco”.
Se modifica por el art. 4.3 de la Ley 16/1997, de 7 de noviembre. BOE-A-2012-537
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de noviembre de 1997 En vigor | BOE-A-2012-537 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


