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Legislación › Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

Artículo 24.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 1989 y la del 19 de noviembre de 1997. Tachado: lo que se quitó (27 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 24.
Las Administraciones Públicas vascas, dentro del mes siguiente a la publicación ofertas de empleo público se publicarán en el «Boletín ‟Boletín Oficial del País Vasco» de su oferta de empleo público, convocarán Vasco”, o en el del Territorio Histórico respectivo si se refirieran a las pruebas selectivas de acceso Diputaciones Forales o a las plazas comprometidas Corporaciones Locales. En este último caso se publicará también un extracto de las ofertas en la misma. el ‟Boletín Oficial del País Vasco”.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de noviembre de 1997 En vigor BOE-A-2012-537 Leer Qué cambió
29 de julio de 1989 Texto original Leer

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