Legislación › Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.
Artículo 67.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de julio de 1989 y la del 19 de noviembre de 1997. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 67.
Pasarán a la situación de servicio en otras Administraciones Públicas los funcionarios que, mediante los procedimientos de concurso o libre designación, pasen a ocupar puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de noviembre de 1997 En vigor | BOE-A-2012-537 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


