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Legislación › Ley 10/1988, de 29 de junio, para la Confluencia de las Ikastolas y la Escuela Pública.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Se autoriza al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de esta Ley, previa consulta a las Federaciones de Ikastolas.

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