Legislación › Ley 13/1988, de 28 de octubre, de Consejos Escolares de Euskadi.
Artículo 19.
Artículo 19.
Los Consejos Escolares Territoriales se constituirán en cada Territorio Histórico y estarán integrados por el Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros y el Secretario.


