LexTotal

Legislación › Ley 13/1988, de 28 de octubre, de Consejos Escolares de Euskadi.

Artículo 20.

Artículo 20.

Los Presidentes y los Vicepresidentes serán nombrados por el Consejero de Educación, Universidades e Investigación, a propuesta del Delegado Territorial de Educación del correspondiente Territorio Histórico de entre los miembros de los respectivos Consejos.

← Artículo 19 Índice Artículo 21 →