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Legislación › Ley 4/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad "Mondragon Unibertsitatea".

Artículo 7. Memoria de actividades.

Artículo 7. Memoria de actividades.

La Universidad «Mondragon Unibertsitatea» elaborará anualmente una memoria comprensiva de las actividades docentes e investigadoras, que deberá ser remitida al Parlamento, al Departamento de Educación, Universidades e Investigación y al Consejo de Universidades.

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