Legislación › Ley 4/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad "Mondragon Unibertsitatea".
Artículo 7. Memoria de actividades.
Artículo 7. Memoria de actividades.
La Universidad «Mondragon Unibertsitatea» elaborará anualmente una memoria comprensiva de las actividades docentes e investigadoras, que deberá ser remitida al Parlamento, al Departamento de Educación, Universidades e Investigación y al Consejo de Universidades.


