Legislación › Ley 4/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad "Mondragon Unibertsitatea".
Disposición transitoria primera. Integración de centros docentes ya existentes.
Disposición transitoria primera. Integración de centros docentes ya existentes.
Los centros docentes «Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Mondragón», «Escuela de Estudios Empresariales de Oñate» e «Irakasle Eskola, Escuela de Magisterio de Eskoriatza», actualmente escuelas universitarias adscritas a la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, pasan a ser unidades estructurales de la Universidad «Mondragon Unibertsitatea» como centros docentes integrados, con las denominaciones de «Escuela Politécnica Superior», «Facultad de Ciencias Empresariales» y «Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación», respectivamente.
Los alumnos que cursen sus estudios en las actuales escuelas universitarias «Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Mondragón», «Escuela de Estudios Empresariales de Oñati» e «Irakasle Eskola, Escuela de Magisterio de Eskoriatza» en el momento de la entrada en vigor de esta ley podrán optar por continuar sus estudios en la nueva Universidad o en el centro de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea que corresponda.


