Legislación › Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
Disposición adicional segunda. Extinción del organismo autónomo administrativo Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
Disposición adicional segunda. Extinción del organismo autónomo administrativo Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
Por la presente Ley se extingue el organismo autónomo administrativo Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, con efectos desde la fecha de creación e inicio de actividades del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, el cual quedará subrogado en todos sus derechos y obligaciones. Sus medios materiales y personales resultarán adscritos conforme a lo que determinen los correspondientes reglamentos organizativos.
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