Legislación › Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la Institución del "Ararteko".
Artículo 20. Registro de quejas.
Artículo 20. Registro de quejas.
Los servicios del Ararteko registrarán y acusarán recibo de las quejas que se formulen, con las cuales se procederá a su tramitación o a su rechazo.


