Legislación › Ley 5/1982, de 20 de mayo, de creación del Ente Público Radio Televisión Vasca.
Artículo 2.
Artículo 2.
Los Poderes Públicos de la Comunidad Autónoma y los órganos del Ente Público velarán por la defensa de la libertad de expresión, el derecho a comunicar y recibir libremente información de modo que los medios de comunicación puedan cumplir su cometido conforme a las exigencias de una Sociedad democrática.


