Legislación › Ley 7/1982, de 30 de junio, de Salud Escolar.
Artículo 7.
Artículo 7.
En casos especiales, o como consecuencia de los exámenes o reconocimientos expresados en los dos artículos anteriores, podrá establecerse la necesidad de que determinados alumnos requieran un reconocimiento complementario.


