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Legislación › Ley 7/1982, de 30 de junio, de Salud Escolar.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La presente Ley y las disposiciones complementarias que la desarrollen se adecuarán a lo que en el ámbito de la salud escolar prevean la Ley de Relaciones entre las Instituciones de la Comunidad Autónoma y los Territorios Históricos, y la Ley del Servicio Vasco de Salud.

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