Legislación › Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.
Artículo 129. Política de lucha contra el dopaje y de prevención de las conductas que lo componen.
Artículo 129. Política de lucha contra el dopaje y de prevención de las conductas que lo componen.
Corresponde a la Administración autonómica el establecimiento, el seguimiento y el control de la política de lucha contra el dopaje y de su prevención en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
La lucha contra el dopaje se adaptará a los principios de colaboración recíproca con otras administraciones y de supervisión y control de la actuación de las federaciones deportivas.


