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Legislación › Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.

Artículo 129. Política de lucha contra el dopaje y de prevención de las conductas que lo componen.

Artículo 129. Política de lucha contra el dopaje y de prevención de las conductas que lo componen.

Corresponde a la Administración autonómica el establecimiento, el seguimiento y el control de la política de lucha contra el dopaje y de su prevención en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

La lucha contra el dopaje se adaptará a los principios de colaboración recíproca con otras administraciones y de supervisión y control de la actuación de las federaciones deportivas.

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