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Legislación › Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.

Artículo 89. Ámbito organizativo-competicional.

Artículo 89. Ámbito organizativo-competicional.

La competencia en materia organizativo-competicional se extiende al conocimiento de los actos u omisiones que realicen los organizadores de las competiciones oficiales en el desarrollo de su función y que no tengan reflejo en el régimen disciplinario deportivo.

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