Legislación › Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.
Artículo 89. Ámbito organizativo-competicional.
Artículo 89. Ámbito organizativo-competicional.
La competencia en materia organizativo-competicional se extiende al conocimiento de los actos u omisiones que realicen los organizadores de las competiciones oficiales en el desarrollo de su función y que no tengan reflejo en el régimen disciplinario deportivo.


