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Legislación › Ley 3/1981, de 12 de febrero, sobre Centros de Contratación de Cargas en Transporte Terrestre de Mercancías.

Artículo 12.

Artículo 12.

Para la elección de Presidente y Vicepresidente del Consejo General, que lo serán también de la Comisión Ejecutiva, los autopatronos propondrán un candidato y otro las Empresas que posean más de tres camiones propios y las agencias de transporte.

Se procederá a una votación por todos los miembros del Consejo General, siendo nombrado Presidente quien tenga el mayor número de votos y Vicepresidente el siguiente.

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