Legislación › Ley 3/1981, de 12 de febrero, sobre Centros de Contratación de Cargas en Transporte Terrestre de Mercancías.
Artículo 12.
Artículo 12.
Para la elección de Presidente y Vicepresidente del Consejo General, que lo serán también de la Comisión Ejecutiva, los autopatronos propondrán un candidato y otro las Empresas que posean más de tres camiones propios y las agencias de transporte.
Se procederá a una votación por todos los miembros del Consejo General, siendo nombrado Presidente quien tenga el mayor número de votos y Vicepresidente el siguiente.


