Legislación › Ley 3/1981, de 12 de febrero, sobre Centros de Contratación de Cargas en Transporte Terrestre de Mercancías.
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Téngase en cuenta que el organismo autónomo mercantil "Centro de Contratación de Cargas" queda extinguido por la disposición adicional 5 de la Ley 1/1991, de 30 de mayo. BOE-A-2012-2678, pasando las relaciones obligacionales y los derechos de este organismo a integrarse en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de junio de 1991 En vigor | BOE-A-2012-2678 | Leer | Qué cambió |
| 10 de abril de 1981 | Texto original | Leer |


