Legislación › Ley 6/2012, de 17 de mayo, de estabilidad presupuestaria.
Artículo 10. Principio de transparencia presupuestaria y de gestión financiera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de mayo de 2012 y la del 31 de enero de 2014.
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Artículo 10. Principio de transparencia presupuestaria. presupuestaria y de gestión financiera.
1. El departamento responsable de la política económica de la Generalidad debe proveer abastecer la disponibilidad pública de la información económica financiera relativa a los sujetos integrados en el ámbito de aplicación de la presente ley.
2. Los entes y organismos que integran la Generalidad y los que de ella dependen de la misma deben suministrar toda la información necesaria para el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.
3. El departamento competente en materia de finanzas debe elaborar un informe anual de carácter específico sobre las cargas financieras de la Generalidad, y debe entregarlo al Parlamento integrado dentro del Informe económico y financiero que acompaña al proyecto de ley de presupuestos de la Generalidad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 23 de mayo de 2012 | Texto original | Leer |


