Legislación › Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Disposición adicional decimosexta. Creación de la Comisión de participación de jóvenes.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de junio de 2012 y la del 26 de febrero de 2019.
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Disposición adicional decimosexta. Creación de la Comisión de participación de jóvenes.
Se crea la Comisión de Participación de Jóvenes como un órgano colegiado de carácter consultivo en materia de participación de los jóvenes en el desarrollo político, laboral, social, económico y cultural de la Comunidad Autónoma de Cantabria, adscrito a la Consejería competente en materia de juventud. (Derogada).
La composición, organización y bases de funcionamiento de la Comisión de Participación de Jóvenes se determinará reglamentariamente. En todo caso estarán representados en él la Administración autonómica, las asociaciones de jóvenes, así como las entidades locales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de febrero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-3488 | Leer | Qué cambió |
| 2 de junio de 2012 | Texto original | Leer |
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