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Legislación › Real Decreto 910/2012, de 8 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas.

Artículo 21. Convocatoria de sesiones.

Artículo 21. Convocatoria de sesiones.

1. La convocatoria deberá contener:

a) Lugar, día y hora de la reunión.

b) Orden del día.

c) Acta de la sesión anterior.

2. Los miembros del Consejo de Personal recibirán la convocatoria de las sesiones del pleno y los informes y documentación que se precisen en el domicilio social de la asociación o por el medio electrónico que se fije con la respectiva asociación, con una antelación mínima de siete días para las ordinarias y de dos días para las extraordinarias.

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