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Legislación › Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 4. Principios.

Artículo 4. Principios.

En el funcionamiento de la Tesorería General del País Vasco rigen los siguientes principios:

a) Puntualidad en la satisfacción de las obligaciones.

b) Máxima seguridad en la situación de fondos y valores y en las operaciones.

c) Centralización de la dirección, sin perjuicio de su gestión descentralizada.

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